Quienes pueden solicitar este permiso:
Las personas domiciliadas en el exterior que van a efectuar expediciones de carácter científico, técnico o de andinismo en la zona fronteriza chilena, requieren autorización de la Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado, DIFROL.
El permiso de DIFROL se otorga en función del lugar de domicilio del expedicionario y no de su nacionalidad o país de origen.
En ese sentido, la autorización que otorga DIFROL solo es otorgable y exigible a las personas que integren dichas expediciones y que, independientemente de su nacionalidad, no posean domicilio en territorio chileno.
Por ejemplo, si un ciudadano chileno o un nacional extranjero que poseen domicilio en Chile desean realizar una expedición del tipo ya indicado y en zona fronteriza, por el hecho de tener domicilio en Chile no requieren el permiso especial de DIFROL.
En el caso opuesto, si un chileno sin domicilio en Chile o un extranjero que visita el país desean realizar expediciones del tipo ya indicado y en zona fronteriza, al no poseer domicilio en Chile, necesariamente requieren gestionar la autorización especial de DIFROL para llevar a cabo la travesía.
Las actividades de esparcimiento en la montaña tales como: ski, heli-ski, paseos, caminatas ("trekking") o senderismo de baja y media altitud, camping, ciclismo de montaña o mountain-bike, cabalgatas, moto-cross, etc. no se consideran expediciones de andinismo, por lo tanto para la práctica de las mismas no es requisito u obligación obtener el permiso especial de DIFROL. En todo caso, siempre se sugiere y recomienda al visitante que, previo al inicio de ellas, se informe directa o presencialmente a la autoridad nacional encargada de velar por la seguridad de las personas en cada sector a visitar (Carabineros de Chile o guarda-parques de CONAF), ello a los efectos de obtener rápido contacto y eficaz auxilio en terreno en el caso de generarse una emergencia o accidente.
Tipos de Expediciones: